La
Constitución Política de Colombia
determinó como función del estado
la planificación del manejo y aprovechamiento
de recursos naturales para garantizar su desarrollo
sostenible, su conservación, restauración
o sustitución, así como prevenir
y controlar los factores de deterioro ambiental,
imponer las sanciones legales y exigir la
reparación de los daños causados.
De
forma consecuente la ley 99 de diciembre de 1993
crea el Ministerio del Medio Ambiente (hoy Ministerio
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial)
como organismo rector de la gestión del
medio ambiente y de los recursos naturales renovables
a fin de asegurar el desarrollo sostenible y adopta
los principios universales y de desarrollo sostenible
contenidos en la Declaración de Río
de Janeiro de junio de 1992 como orientadores
del proceso de desarrollo económico y social
del país.
El
Plan Nacional de Desarrollo “Hacia un estado
comunitario” determinó como uno de
los objetivos “Impulsar el crecimiento económico
sostenible y la generación de empleo”
estableciendo un marco para el programa de fortalecimiento
del actual proceso de licenciamiento ambiental.
Dando
respuesta a la obligación de “definir
y regular los instrumentos administrativos y mecanismos
necesarios para la prevención y el control
de los factores de deterioro ambiental y determinar
los criterios de evaluación, seguimiento
y manejo ambientales de las actividades económicas”,
el Ministerio reordenó su estructura creando
mediante Decreto 3266 de octubre 8 de 2004, la
Dirección de Licencias, Permisos y Trámites
Ambientales la cual tiene a su cargo las siguientes
funciones:
FUNCIONES
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