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A partir de enero de 2008

AUMENTA EL VALOR DEL SUBSIDIO PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL DE LOS MÁS POBRES

Decreto 4466 del 20 de noviembre de 2007

  • El Decreto se focaliza en el aumento del subsidio para los más pobres y se otorga de acuerdo con los ingresos del hogar y no por el valor de la vivienda.

Bogotá, 22 de noviembre de 2007 (MAVDT).- El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial expidió el Decreto 4466 del 20 de noviembre, que aumenta el valor para los subsidios familiares de vivienda de interés social (VIS) de los más pobres, a partir de enero de 2008.

Foto: Archivo  

“La política de vivienda social del Gobierno avanza con el firme propósito de concentrar su mayor esfuerzo en la población más pobre, con el aumento del monto de los subsidios”, explicó el ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez.

Los hogares podrán acceder a un subsidio hasta de 22 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir $10 millones aproximadamente, dependiendo del incremento del salario mínimo para el 2008. Hoy el valor del subsidio familiar de vivienda es de $9’107.700.

“Se incrementa en un salario mínimo el valor del subsidio familiar de vivienda, pasando de 21 a 22 salarios. Igualmente, se establece el valor del subsidio proporcional a los ingresos del hogar y nivel del Sisben”, afirmó.

Antes de la expedición de este Decreto, los subsidios se otorgaban de acuerdo con el tipo de vivienda al cual el postulante aplicaba su subsidio.

“Ahora, el valor del subsidio busca entregar más recursos a los hogares más pobres, sin que el monto a entregar dependa del valor y del tipo la vivienda. Todos se aplicarán a vivienda de interés social prioritario, es decir, 70 salarios mínimos”,explicó el ministro Lozano.

Subsidios de Vivienda por el Gobierno (Fondo Nacional de Vivienda)ó

Con este nuevo Decreto se focaliza el otorgamiento de los subsidios a las familias más vulnerables según el puntaje del Sisben que tenga el jefe del hogar postulante.

Subsidios de Vivienda por las Cajas de Compensación Familiar

Para los hogares afiliados a las Cajas de Compensación Familiar (CCF), seotorgará el subsidio de acuerdo con los ingresos que perciban, con cargo a los recursos parafiscales.

En las modalidades de adquisición de vivienda nueva y construcción en sitio propio se establecen de acuerdo con la siguiente tabla:

CCF

FNV

VALOR SFV

(SMLMV)

INGRESOS (SMMLV)

PUNTAJE SISBEN

DESDE

HASTA

DESDE

HASTA

0,00

1.00

0,00

10,88

22

>1,00

1,50

>10,88

14,81

21,5

>1,50

2,00

>14,81

18,75

21

>2,00

2,25

>18,75

20,72

19

>2,25

2,50

>20.72

22.69

17

>2,50

2.75

>22.69

24.66

15

>2,75

3,00

>24,66

26,63

13

>3,00

3,5

>26,63

30,56

9

>3,50

4,00

>30,56

34,50

4

Así mismo, el Decreto establece que el subsidio familiar de vivienda urbano que otorga el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Ambiente, para mejoramiento de vivienda de interés social será hasta de 11.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La norma establece que el subsidio de vivienda urbano que otorga el Ministerio de Ambiente, sólo podrá aplicarse en viviendas de interés prioritario.

Lo anterior no aplica para las inversiones en macroproyectos de interés social nacional, en programas de subsidio familiar en especie y en proyectos de vivienda de interés social en zonas donde se establezca la renovación urbana.

Criterios para la calificación de las postulaciones

Los criterios permiten la focalización de recursos nacionales a la población más vulnerable:

  1. Condiciones socioeconómicas de acuerdo con los puntajes del Sisben, queevidencien mayor nivel de pobreza, en el caso de postulantes que presenten carné o certificación municipal del puntaje Sisben.

  2. Número de miembros del hogar.

  3. Condiciones especiales de los miembros del hogar.

  4. Ahorro previo.

  5. Número de veces que el postulante ha participado en el proceso de asignación de subsidios, sin haber resultado beneficiario. Siempre y cuando haya mantenido la inmovilización del ahorro mínimo pactado para la postulación.


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